Principio de primacía de la realidad y el cas a plazo indeterminado según la ley 31131, en la MACREPOL VI-2023

Descripción del Articulo

El estudio tuvo como objetivo determinar la relación entre el Principio de Primacía de la Realidad y el reconocimiento del CAS a plazo indeterminado según la Ley N° 31131 en la MACREPOL VI-2023. Se abordó la problemática de la falta de uniformidad en la interpretación y aplicación del principio en l...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Munguia Lorenzo, Marcia Ludriz
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/10957
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/10957
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Principio de primacía de la realidad
Ley N° 31131
Estabilidad laboral
Régimen CAS
Jurisprudencia laboral
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El estudio tuvo como objetivo determinar la relación entre el Principio de Primacía de la Realidad y el reconocimiento del CAS a plazo indeterminado según la Ley N° 31131 en la MACREPOL VI-2023. Se abordó la problemática de la falta de uniformidad en la interpretación y aplicación del principio en los procesos judiciales, lo que ha generado incertidumbre en la estabilidad laboral de los trabajadores bajo este régimen. La investigación fue de tipo cualitativa y analítica, basada en el análisis de sentencias judiciales de primera y segunda instancia, con el propósito de evaluar cómo los tribunales han considerado la realidad efectiva de la relación laboral frente a la formalidad contractual. Los resultados indicaron que, en la mayoría de los casos, el Principio de Primacía de la Realidad no ha sido determinante para la conversión del CAS a plazo indeterminado, ya que se priorizó la aplicación formal de la normativa de contratación pública y las disposiciones de emergencia sanitaria sobre la evaluación de las funciones reales desempeñadas por el trabajador. Se identificó que la temporalidad de los contratos, la falta de reconocimiento de labores estructurales en documentos administrativos y la omisión de un período de prueba en el régimen CAS han sido factores determinantes para restringir la aplicación del principio en la jurisprudencia revisada. Se concluyó que la estabilidad laboral en el régimen CAS ha dependido principalmente de criterios administrativos y normativos, más que de un análisis basado en la realidad de la prestación del servicio. Entre las recomendaciones, se sugiere la armonización de criterios judiciales, la actualización de normativas laborales y la revisión del marco regulador del régimen CAS para garantizar una interpretación más uniforme y garantista del Principio de Primacía de la Realidad en el sector público.
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