Implicaciones jurídico - sociales del cambio de nombre en Perú.

Descripción del Articulo

El presente trabajo tuvo como objetivo analizar las implicaciones jurídico-sociales del cambio de nombre en Perú, la metodología utilizada estuvo orientada hacia una investigación no experimental de corte transversal, con un alcance de investigación explicativa y correlacional, a través del método c...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Linares Hilares, Jaime Gregorio, Trujillo Amado, Bertha Aurelia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/2400
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/2400
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Implicaciones jurídico – social.
Cambio de nombre.
Afectaciones.
Burla.
Discriminación.
Identidad.
Igualdad.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo tuvo como objetivo analizar las implicaciones jurídico-sociales del cambio de nombre en Perú, la metodología utilizada estuvo orientada hacia una investigación no experimental de corte transversal, con un alcance de investigación explicativa y correlacional, a través del método cualitativo, con un ámbito de aplicación en el Segundo Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos y Puente Piedra. En total dos Juzgado Civil de Lima Norte. El universo de estudio estuvo comprendido en Dieciséis profesionales conocedores del tema, entre los que se destacan cinco trabajadores de RENIEC, cinco trabajadores del Registro Civil de la Municipalidad de Los Olivos y Puente Piedra, también, se entrevistaron tres abogados y tres psicólogos, Además, se entrevistaron cuatro personas con la necesidad de cambiar su prenombre legalmente. Asimismo, se tuvo en cuenta la revisión de 5 expedientes elevados en Consulta ante el Segundo Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos y Puente Piedra. En total dos Juzgado Civil de Lima Norte. A los que se les aplicaron las técnicas de entrevista y análisis de los expedientes, lo que permitió recabar como resultado la imperiosa necesidad de establecer parámetros más definidos en los motivos justificados que la ley menciona, también, se evidenció la necesidad de ampliar o modificar el artículo 29 del Código Civil. Concluyendo que, si existe de una u otra manera implicaciones de orden jurídico con la limitante de que es el juez quien define si acepta o no el cambio de nombre a través de una apreciación subjetiva de los motivos justificados que expone el solicitante, lo que es motivo para votos de discordia, y, que a la final en muchas ocasiones la solicitud sea rechazada.
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