El derecho de uso - habitación extendido a los hijos es oponible al desalojo por ocupante precario – Analizado Exp. 00527-2013-0-3001-JR-CI-01

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene como problema general ¿El derecho de uso – habitación extendido a los hijos es oponible al desalojo por ocupante precario – analizado Exp. 00527-2013-0-3001-JR-CI-01”, el objetivo general determinar como el derecho de uso y habitación extendido a los hijos...

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Detalles Bibliográficos
Autor: La Madrid Duran, Gissela Maite
Formato: informe técnico
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/2074
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/2074
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:El derecho de uso,
habitación,
desalojo por ocupante precaria.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como problema general ¿El derecho de uso – habitación extendido a los hijos es oponible al desalojo por ocupante precario – analizado Exp. 00527-2013-0-3001-JR-CI-01”, el objetivo general determinar como el derecho de uso y habitación extendido a los hijos puede oponerse ante un proceso de desalojo por ocupante precario; asimismo, se planteó la hipótesis si el derecho de uso y habitación extendido a los hijos puede oponerse ante un proceso de desalojo por ocupante precario por criterio analógico del juez, respecto al derecho de copropiedad y el derecho de herencia. En cuanto se refiere a la metodología se utilizó el método científico, el tipo de investigación es básico, nivel de investigación descriptivo, diseño de investigación cualitativo, se aplicó la técnica del análisis de documento y se utilizó como instrumento el análisis del contenido. Para el procedimiento de recolección de información se utilizó el análisis de la sentencia, teniendo como resultado por parte del órgano jurisdiccional quien valido la posesión legitima por contar con derecho de uso al iniciarse la posesión del bien, asimismo se verifico el art. 4 de la constitución Política del Perú donde el estado tiene el deber de proteger a la madre en estado de abandono, concluyéndose que no puede proceder una demanda de desalojo por ocupante precario cuando existe relación jurídica que acredite el derecho de uso, el mismo que fuera extendido al concubino y a los hijos, cuando la norma explica sobre el justo título no solamente se refiere a un documento formal que acredite el acto sino cualquier acto jurídico que justifique el uso del bien como es la convivencia.
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