Validez de la restricción de los derechos constitucionales en un estado de emergencia sanitaria decretado por el gobierno peruano, 2023
Descripción del Articulo
Esta indagación tuvo como objetivo analizar la validez de la restricción de los derechos constitucionales en un estado de emergencia sanitaria declarado por el gobierno peruano en 2023. Metodológicamente se abordó desde una perspectiva cualitativa, con un diseño fenomenológico de tipo básico y nivel...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2025 |
Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
Repositorio: | UPLA-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/10549 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/10549 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Restricción de derechos constitucionales Estado de emergencia sanitaria Validez http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | Esta indagación tuvo como objetivo analizar la validez de la restricción de los derechos constitucionales en un estado de emergencia sanitaria declarado por el gobierno peruano en 2023. Metodológicamente se abordó desde una perspectiva cualitativa, con un diseño fenomenológico de tipo básico y nivel descriptivo. Como técnica se utilizaron entrevistas, y como instrumento a la guía de entrevista, y la hermenéutica para la interpretación de los resultados. Los hallazgos revelaron que la restricción de derechos constitucionales en situaciones de emergencia se justifica como un mecanismo excepcional para preservar el Estado de derecho ante amenazas sustanciales, permitiendo al gobernante herramientas excepcionales. Sin embargo, se destacó la necesidad de condicionar su aplicación a una situación extraordinaria veraz, respetando los preceptos constitucionales para evitar afectaciones innecesarias. Se concluyó que los regímenes de excepción representan una contradicción al paradigma constitucional, al seguir la tradición constitucional peruana desde 1933, donde por vez primera se confirió al Poder Ejecutivo una discrecionalidad significativa, propio de un sistema presidencialista, que hasta el hoy deja ver el rebasamiento de los límites legales con abusos de poder y falta de garantías de derechos fundamentales. Si bien el control constitucional debe hacerse mediante acción popular. No obstante, excluye la opción de realizar dicho control a través del artículo 200 de la Constitución. En ese entender, se propuso la modificación del artículo 137 de la norma en mención. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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