La afectación del Inciso 2° del Artículo 241° del Código Civil al derecho de igualdad ante la Ley en el ordenamiento jurídico peruano

Descripción del Articulo

La presente investigación tiene como objetivo general analizar la manera en que el inciso 2° del artículo 241° del Código Civil se relaciona con el derecho de igualdad ante la ley en el ordenamiento jurídico peruano., de allí que, nuestra pregunta general de investigación sea: ¿De qué manera el inci...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Ramos Urbano, Soledad, Salazar Achihuaman, Vidys Jhonatan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/4562
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/4562
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Matrimonio
Impedimentos matrimoniales
Representación
Estado de coma
Manifestación de voluntad
Celebración de matrimonio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene como objetivo general analizar la manera en que el inciso 2° del artículo 241° del Código Civil se relaciona con el derecho de igualdad ante la ley en el ordenamiento jurídico peruano., de allí que, nuestra pregunta general de investigación sea: ¿De qué manera el inciso 2° del artículo 241° del Código Civil se relaciona con el derecho de igualdad ante la ley en el ordenamiento jurídico peruano?, y nuestra hipótesis general: “El inciso 2° del artículo 241° del Código Civil se relaciona negativamente con derecho de igualdad ante la ley en el ordenamiento jurídico peruano.”; nuestra investigación guarda un método de investigación de corte jurídico dogmático, esto es con un método general denominado la hermenéutica, asimismo presenta un tipo de investigación básico o fundamental, con un nivel correlacional y un diseño observacional, por tal motivo es que la investigación por su naturaleza expuesta, utilizará la técnica del análisis documental de leyes, códigos, sentencias y libros doctrinarios que serán procesados mediante la argumentación jurídica a través de los instrumentos de recolección de datos como la ficha textual y de resumen que se obtengan de cada libro con información relevante. El resultado fue: El artículo 2º de la Constitución en su inciso 2 señala que es derecho de todas las personas la igualdad ante la ley, por lo que una característica de diferenciación entre la mayoría y un sujeto no debe ser motivo para ejercer un trato discriminatorio. La conclusión fue: En el caso del inciso 2º del artículo 241º se genera una discriminación de tres vertientes: (1) la representación parece ser simbólica o de mero formalismo, porque la última palabra la tiene la persona que no está en estado de coma, siendo más un acto unilateral, (2) las repercusiones civiles sustanciales y procesales tienen una mayor ventaja para la persona que no está en estado de coma y (3) no se puede evidenciar a un 100% la manifestación de voluntad de querer casarse por parte del que dejo una representación legal.
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