La interpretación jurídica entre el artículo 420° del código civil con el 76° del código de los niños y adolescentes en el estado peruano

Descripción del Articulo

La presente investigación tiene como objetivo general aanalizar la manera en que se desarrolla la interpretación jurídica entre el artículo 420° del Código Civil con el 76° del Código de los Niños y Adolescentes en el Estado peruano, de allí que nuestra pregunta general de investigación sea: ¿De qué...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Avila Quisuruco, Katerin, Rios Nateros, Judith Teresa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/5133
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/5133
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Interpretación jurídica
Patria potestad
Deberes-derechos de los padres
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene como objetivo general aanalizar la manera en que se desarrolla la interpretación jurídica entre el artículo 420° del Código Civil con el 76° del Código de los Niños y Adolescentes en el Estado peruano, de allí que nuestra pregunta general de investigación sea: ¿De qué manera se desarrolla la interpretación jurídica entre el artículo 420° del Código Civil con el 76° del Código de los Niños y Adolescentes en el Estado peruano?, así mismo, atesora un método de investigación de enfoque cualitativo, es decir, un método general denominado inductivo-deductivo, también presenta un tipo de investigación básico o fundamental, con un nivel explicativo y un diseño observacional; por esta razón, es que la investigación por su naturaleza compleja, utilizará la técnica del análisis documental de leyes, códigos, sentencias y libros doctrinarios que serán procesados a través la argumentación jurídica mediante de los instrumentos de recopilación de datos como la ficha textual y de resumen que se recolecten de cada fuente, con información relevante. El resultado más destacado de la investigación fue, existe una incompatibilidad entre la normas jurídica del artículo 420° y 76°, en el sentido que, dado el divorcio o la separación de los padres por las causas prescritas: el primero concede el ejercicio de la patria potestad al cónyuge que tiene la tenencia y el segundo a ambos cónyuges; entonces, para un mismo objeto se tienen distintas consecuencias jurídicas, de ahí que, una de ellas tiene que ser derogada, en este caso, el artículo 76° del Código de los Niños y Adolescentes. La conclusión más importante fue: Indistintamente de cuales sean las cusas que originen la separación, ya sea, la separación convencional y divorcio ulterior, la separación de cuerpos, el divorcio o la invalidación del vínculo matrimonial, igual llegamos a la necesidad de determinar quién se queda a cargo de los hijos; por lo tanto, resulta razonable que, quien tenga la tenencia también tenga el ejercicio de la patria potestad.” Palabras clave: Interpretación jurídica, patria potestad, deberes-derechos de los padres.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).