El grado de intervencion delictiva del extraneus para la configuracion del delito de colusion en la legislacion peruana
Descripción del Articulo
La investigación partió del problema general: ¿De qué manera el grado de intervención delictiva del extraneus incide en la configuración del delito de colusión en la legislación peruana?, objetivo general fue: Determinar que el grado de intervención delictiva del extraneus incide en la configuración...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
Repositorio: | UPLA-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/7237 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/7237 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Grado de intervención delictiva del extraneus Configuración del delito de colusión Intervención necesaria Deber especial negativo Complementariedad de la intervención delictiva Delito de encuentro Colusión activa Unidad delictiva https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La investigación partió del problema general: ¿De qué manera el grado de intervención delictiva del extraneus incide en la configuración del delito de colusión en la legislación peruana?, objetivo general fue: Determinar que el grado de intervención delictiva del extraneus incide en la configuración del delito de colusión en la Legislación Peruana. La metodología aplicada fue cualitativa - dogmática jurídica de corte propositivo y postura epistemológica iuspositivista, metodología paradigmática: teórica – jurídica, diseño paradigmático: argumentación y hermenéutica jurídica; escenario de estudio: ordenamiento jurídico nacional; caracterización de sujetos: artículo 384° del Código Penal; técnica aplicada: análisis de contenido documental e instrumento: fichas. El resultado fue: el extraneus es autor del delito de colusión en su modalidad simple y agravada por considerarse su intervención delictiva como necesaria para configurar el delito de colusión como delito de encuentro. La conclusión es: El extraneus tiene intervención delictiva necesaria en grado de autor para la configuración del delito de colusión como delito de encuentro. La recomendación fue: Incorporar el artículo 384-A°, para prescribir la autoría del extraneus, quien será considerado autor no cualificado del delito de colusión activa en su modalidad simple y agravada, y mediante el artículo 384° se regule el delito de colusión pasiva, donde el intraneus sea considerado autor cualificado de este delito en su modalidad simple y agravada. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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