La regulación actual del curador procesal y el ejercicio adecuado del derecho de defensa del litigante ausente, en el Código Procesal Civil de 1993.

Descripción del Articulo

La presente investigación se origina con la siguiente pregunta de investigación ¿La regulación del curador procesal, en nuestro C.P.C., vigente, garantiza el ejercicio adecuado del derecho de defensa del litigante ausente? Posteriormente se planteó el siguiente objetivo general: Determinar si la reg...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Palacios Elera, María Pía.
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/21651
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/21651
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Curador Procesal
Derecho de Defensa
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación se origina con la siguiente pregunta de investigación ¿La regulación del curador procesal, en nuestro C.P.C., vigente, garantiza el ejercicio adecuado del derecho de defensa del litigante ausente? Posteriormente se planteó el siguiente objetivo general: Determinar si la regulación del curador procesal, en nuestro C.P.C., vigente, garantiza el ejercicio adecuado del derecho de defensa del litigante ausente. Ahora, para poder alcanzar este objetivo general se plantearon los siguientes objetivos específicos: 1. Analizar la regulación legal que nuestro C.P.C., realiza respecto del curador procesal; 2. Estudiar el derecho de defensa en el proceso civil peruano y su relación con el curador procesal; 3. Estudiar la institución del curador procesal en el derecho comparado. Finalmente, y después de haber recogido la información adecuada y aplicado los métodos de investigación, se arribó a la siguiente conclusión principal: Luego de haberse realizado un estudio profundo tanto doctrinario, como jurisprudencial del derecho al Debido Proceso y del derecho de Defensa, es posible afirmar que la regulación del curador procesal, en nuestro Código Procesal Civil vigente, resulta deficiente; pues, el problema parte de la falta de profesionalidad de los curadores designados cuando representan a un demandado ausente, ya que con frecuencia actúan en virtud de su nombramiento sin examinar a fondo las circunstancias del caso.
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