Fundamentos jurídicos para declarar nulos los actos de disposición unilateral de una sociedad de gananciales en la transferencia de bienes inmuebles en el sistema jurídico civil peruano
Descripción del Articulo
La investigación pretende analizar los fundamentos jurídicos para declarar nulos los actos de disposición unilateral de un bien inmueble de la sociedad de gananciales en el sistema jurídico civil peruano en consideración a lo que prescribe el artículo 315 del Código Civil. La investigación utilizó e...
Autor: | |
---|---|
Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo |
Repositorio: | UPAGU-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upagu.edu.pe:UPAGU/891 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.upagu.edu.pe/handle/UPAGU/891 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Actos de disposición de bien social Acto jurídico Negocio Jurídico Nulidad Falta de manifestación de voluntad Buena fe Derecho |
Sumario: | La investigación pretende analizar los fundamentos jurídicos para declarar nulos los actos de disposición unilateral de un bien inmueble de la sociedad de gananciales en el sistema jurídico civil peruano en consideración a lo que prescribe el artículo 315 del Código Civil. La investigación utilizó el método dogmático – jurídico; el tipo de investigación es básica, enfocándose en la lege data; su diseño es no experimental; la técnica utilizada fue el análisis documental, los instrumentos utilizados fueron las fichas de observación y la matriz de análisis documental. El estudio muestra, de manera clara y precisa, los fundamentos jurídicos de la nulidad que genera la disposición unilateral del bien inmueble de las sociedades de gananciales, en consideración a cada uno de los elementos que considera el artículo 315 del Código Civil. También detalla los fundamentos jurídicos y doctrinarios de la vulneración del citado artículo con respecto al cónyuge que no participó del acto y con relación al tercero adquiriente de buena fe. Los resultados resaltan que la nulidad del acto es por falta de manifestación de la voluntad del cónyuge que no participó del mismo, sin embargo, el ordenamiento jurídico no permite el remedio sanción a nivel jurisdiccional, asi mismo se analiza que el acto jurídico celebrado es nulo por contravención al artículo V del Título preliminar de nuestro código civil. |
---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).