Razones jurídicas para la no prohibición de la adopción, en la institución del acogimiento familiar
Descripción del Articulo
Si nos enfocamos de manera amplia en el Derecho de Familia y de forma específica, en la novísima (para nuestro país), Institución del Acogimiento Familiar; encontraremos, según nuestro criterio, un inadecuado supuesto el cual es acogido por la reciente Ley peruana de Acogimiento Familiar N° 30162; a...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2015 |
Institución: | Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo |
Repositorio: | UPAGU-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upagu.edu.pe:UPAGU/437 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.upagu.edu.pe/handle/UPAGU/437 |
Nivel de acceso: | acceso restringido |
Materia: | Institución del Acogimiento Familiar Aspirantes a la adopción Proceso de Investigación Tutelar Desprotección Familiar o Abandono Derecho |
Sumario: | Si nos enfocamos de manera amplia en el Derecho de Familia y de forma específica, en la novísima (para nuestro país), Institución del Acogimiento Familiar; encontraremos, según nuestro criterio, un inadecuado supuesto el cual es acogido por la reciente Ley peruana de Acogimiento Familiar N° 30162; al prohibir, de forma expresa, que las familias que acogen a un menor de edad en situación de desprotección familiar o abandono, durante El Proceso de Investigación Tutelar, sean aspirantes a su adopción, una vez que dicho proceso concluye y el menor es declarado en estado de abandono. ¿Las razones?, no las comprendemos. Sin embargo, ante ello, lo que pretendemos mediante la elaboración de la presente tesis es lograr que no se prohíba a las familias que acogieron a un menor de edad (durante determinado periodo y previa evaluación por parte de las entidades estatales pertinentes), ser aspirantes a su adopción; siempre, claro está, que el menor haya sido declarado en estado de abandono; considerando que para lograrlo es necesario determinar las razones jurídicas que deben fundamentar la modificatoria del artículo 7° inciso f), y el artículo 10° inciso g), de la Ley N° 30162, Ley de Acogimiento Familiar en Perú. Siendo lo más importante procurar el bienestar de aquel niño niña y/o adolescente en situación de desprotección (Principio del Interés Superior del Niño); además de conocer los Derechos Fundamentales y Principios Jurídicos que son vulnerados con la prohibición de ser aspirantes a la adopción en la Institución del Acogimiento Familiar. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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