Criterio uniforme en los elementos de convicción que diferencian los niveles de sospecha en lavado de activos, en el Distrito Fiscal de Tumbes – 2021

Descripción del Articulo

La investigación tuvo como objetivo establecer si existe un criterio uniforme al establecer los elementos de convicción que diferencian los niveles de sospecha en los delitos de lavado de activos en el Distrito Fiscal de Tumbes, año 2021. Para ello, se desarrolló una investigación de enfoque cuantit...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zeta Peña, Lucia Gabriela
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional de Tumbes
Repositorio:UNTUMBES-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.untumbes.edu.pe:20.500.12874/63829
Enlace del recurso:https://repositorio.untumbes.edu.pe/handle/20.500.12874/63829
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Lavado de activos
Estándar probatorio
Sospecha simple
Sospecha reveladora
Sospecha suficiente
Sospecha fuerte
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación tuvo como objetivo establecer si existe un criterio uniforme al establecer los elementos de convicción que diferencian los niveles de sospecha en los delitos de lavado de activos en el Distrito Fiscal de Tumbes, año 2021. Para ello, se desarrolló una investigación de enfoque cuantitativo, no experimental, de diseño transversal de tipo descriptivo, la muestra estuvo constituida por 36 fiscales elegidos no probabilísticamente por cuotas. Como método se utilizó el hipotético-deductivo, como técnica a la encuesta y como instrumento un cuestionario en escala de Likert. La investigación concluyó que no existe un criterio uniforme al establecer los elementos de convicción que diferencian los niveles de sospecha en los delitos de lavado de activos, se pudo hallar, gracias a la prueba de V de Aiken, que los criterios de los investigados no son uniformes respecto a los elementos de convicción para establecer nivel de sospecha simple (V=,323), sospecha reveladora (V=,416), sospecha suficiente (V=,675) y sospecha fuerte (V=,638). Tampoco que no son uniformes respecto a los elementos de convicción materiales: sospecha simple V=,362, sospecha reveladora V=,365, sospecha suficiente V=,684 y sospecha fuerte V=,637, igualmente, en los elementos de convicción documentales: sospecha simple V=,294, sospecha reveladora V=,441, sospecha suficiente V=,692 y sospecha fuerte V=,641 y en los elementos de convicción testimoniales: sospecha simple V=,441, sospecha reveladora V=,410, sospecha suficiente V=,475 y sospecha fuerte V=,609.
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