El principio de la debida motivación en las resoluciones de primera instancia en los reclamos de calidad de los servicios de telefonía móvil, Chachapoyas 2018

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo por objeto determinar el cumplimiento de la aplicación del principio de la debida motivación en las resoluciones de primera instancia en los reclamos de calidad de los servicios de telefonía móvil. Es por ello que la metodología utilizada se orientó a determinar la vul...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Zumaeta Lozano, Mercedes Haydee
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas
Repositorio:UNTRM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.untrm.edu.pe:20.500.14077/2559
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14077/2559
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Motivación de resoluciones
Primera instancia
Reclamo por calidad de servicio y debido procedimiento
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo por objeto determinar el cumplimiento de la aplicación del principio de la debida motivación en las resoluciones de primera instancia en los reclamos de calidad de los servicios de telefonía móvil. Es por ello que la metodología utilizada se orientó a determinar la vulneración del derecho al debido procedimiento a través de su inaplicación, esto a raíz de la información facilitada por las empresas operadoras y los usuarios del servicio de telefonía móvil que tuvieron problemas con la calidad del servicio en la Ciudad de Chachapoyas. La población estuvo constituida por las resoluciones de primera instancia de los reclamos de calidad de servicio en telefonía móvil, durante el periodo enero – diciembre 2018. Asimismo, la población tuvo carácter referencial, toda vez, que no se conoce la cantidad exacta de resoluciones existentes en las diferentes empresas operadoras en la ciudad de Chachapoyas, debido al secreto de telecomunicaciones; por tal razón, se utilizó una muestra estimada de 15 resoluciones de reclamos de calidad de servicios en primera instancia, aplicándose para ello muestreo no probabilístico por conveniencia. Asimismo, la información facilitada se analizó de acuerdo a la normativa nacional e internacional vigente; además, se consultaron principios normativos, jurisprudencias, artículos, tesis y revistas; siendo esta información procesada a través del método hermenéutico, inductivo, deductivo, analítico y sintético. En consecuencia; se propone supervisar de oficio al Osiptel la aplicación del principio de la debida motivación por las empresas operadoras, de modo que se garantice el derecho al debido proceso.
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