La cláusula antielusiva general prevista en la norma XVI del código tributario. Su constitucionalidad y alcances

Descripción del Articulo

A través de la presente investigación hemos llegado a determinar que la elusión tributaria regulada en nuestra normativa tributaria es aquella que consiste en evitar la configuración del hecho generador mediante figuras, negocios, contratos o actos con apariencia legal, la que constituye conducta re...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Mamani Alave, Cristina, Ramirez Nuñez, Yelania Sumilda
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:UNSA/10447
Enlace del recurso:http://repositorio.unsa.edu.pe/handle/UNSA/10447
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Elusión tributaria
Clausula general antielusiva
Principios constitucionales tributarios
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:A través de la presente investigación hemos llegado a determinar que la elusión tributaria regulada en nuestra normativa tributaria es aquella que consiste en evitar la configuración del hecho generador mediante figuras, negocios, contratos o actos con apariencia legal, la que constituye conducta reprochable por violar valores y principios constitucionales tributarios. Nuestra legislación ha incorporado una clausula antielusiva general a través de la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario mediante la cual se otorga amplias facultades a favor de la Administración Tributaria para calificar los actos jurídicos realizados por las partes cuando considere que constituyen actos impropios y artificiosos, norma que actualmente se encuentra vigente. Las facultades concedidas a la SUNAT por la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, para calificar y determinar la elusión tributaria, son muy amplios y generales, que permitirían la comisión de actos arbitrarios por parte de la SUNAT en el marco de un procedimiento de fiscalización, por lo que contravienen normas y principios tributarios, como el de legalidad, reserva de ley, seguridad jurídica, así como el derecho a la libertad de contratar, y no contiene ningún mecanismo de garantía para los contribuyentes. Lo descrito hace que la cláusula antielusiva general no sea la más idónea ni adecuada para combatir la elusión tributaria, tampoco ha sido necesario ni razonable la forma en que ha sido regulada, por lo que no supera el test de proporcionalidad desarrollada por el Tribunal Constitucional. De esta manera queda determinada que la cláusula antielusiva general establecida en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario es una norma inconstitucional, pues vulnera principios constitucionales de legalidad, reserva de Ley, seguridad jurídica y el de libre contratación, por lo que sería necesaria su modificación.
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