Incidencia de la aplicación de la NIIF 15 y el D.L. 1425 en la determinación de la utilidad contable y tributaria de la empresa de servicios contratista M y F Consur S.A.C. Arequipa año 2019

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tuvo como principal objetivo analizar y medir el impacto por la aplicación de la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de contratos con clientes y el Decreto legislativo 1425 Devengado tributario, en la empresa contratista M Y F CONSUR S.A.C, en...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Velasquez Cardeña, Jenny Susy
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:20.500.12773/15226
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12773/15226
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Norma Internacional de Información Financiera NIFF15
D.L. 1425
utilidad contable
utilidad tributaria
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.09.02
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tuvo como principal objetivo analizar y medir el impacto por la aplicación de la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de contratos con clientes y el Decreto legislativo 1425 Devengado tributario, en la empresa contratista M Y F CONSUR S.A.C, en la ciudad de Arequipa - Perú. Con la vigencia obligatoria de la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de contratos con clientes a partir del 1 de enero del 2019, según resolución del Consejo Normativo de Contabilidad. Esta norma surge en reemplazo de la NIC 18 Ingreso de actividades ordinarias y la NIC 11 Contratos de construcción, estableciendo nuevos marcos de reconocimiento contable de los ingresos con clientes. Se muestra que la empresa contratista M Y F CONSUR S.A.C al no haber aplicado la NIIF 15 en el ejercicio 2019, ha generado estados financieros no razonables, generándose también diferencias temporales respecto al tratamiento tributario del D.L 1425 Devengo tributario. Asimismo, se ha considerado el desarrollo de un caso práctico tomando como referencia un contrato de servicios con SEAL en los años 2018-2019, en donde se ha aplicado la transición a la NIIF 15 para efectos de reconocer las obligaciones de desempeño y poder medir los efectos comparativos con la NIC 18, y también medir los efectos tributarios en la determinación de la declaración del impuesto a la renta por la aplicación del devengo tributario establecido en el D.L. 1425.
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