Análisis comparado del sistema de transferencia inmobiliario peruano. El título-modo como expresión de seguridad jurídica en la transferencia de la propiedad

Descripción del Articulo

Trata sobre el desarrollo histórico de los sistemas de transferencia inmobiliario, partiendo desde el viejo Derecho Romano, su formación y evolución en el Ius Comune europeo, los más conocidos sistemas de transferencia instaurados en el período de las codificaciones. La parte medular de la presente...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Trujillo Blas, Yoel Edmundo
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:UNMSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/19967
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12672/19967
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Bienes raíces
Derecho comparado - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Trata sobre el desarrollo histórico de los sistemas de transferencia inmobiliario, partiendo desde el viejo Derecho Romano, su formación y evolución en el Ius Comune europeo, los más conocidos sistemas de transferencia instaurados en el período de las codificaciones. La parte medular de la presente investigación resulta de la comparación sincrónica de los sistemas de transferencia inmobiliaria al que se adhieren las legislaciones más representativas del Civil Law teniendo como muestra a 26 Códigos Civiles. La comparación muestra que el sistema de transferencia más preponderante es el del registro constitutivo causalista una suerte de título y modo transformado, seguida de ordenamientos jurídicos que adoptan el sistema de la traditio complementada por un registro declarativo cuyas reglas de prioridad son factores definitivos para atribuir la titularidad excluyente en caso de concurrencia de titulares disputantes sobre un mismo inmueble, regla que también es compartida por las codificaciones que optan por el sistema consensualista. Finalmente se concluye que, el ordenamiento jurídico civil peruano se aparta de todas las demás por cuanto los negocios jurídicos cuyo objeto sea la transferencia inmobiliaria no requieren observar formalidad alguna, además, carece de una cláusula de relatividad de las transferencias meramente consensuales que conlleva a confusiones judiciales como el incurrido en el acuerdo plenario de jueces superiores civiles del 25 de noviembre de 2020 que extrema la nulidad de la doble venta per se sin el menor cuidado respecto a la buena fe y especialmente la registral.
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