Estándares de calidad ambiental, su forma de cumplimiento en los estudios de impacto ambiental aprobados por "PRODUCE", entre los años 2016 – 2021

Descripción del Articulo

El artículo 31 de la Ley N° 28611 establece que, para otorgar la certificación ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) debe concluir que no se incumplen los Estándares de Calidad Ambiental (ECAs). Debido a que los ECAs indican, mediante valores numéricos, el nivel a partir del cual existe r...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Alvarado Rios, Cristian Carlos
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:UNMSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/27398
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12672/27398
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Estudio de Impacto Ambiental
Certificación ambiental
Estándares de Calidad Ambiental
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#1.05.08
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#1.04.02
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.07.01
Descripción
Sumario:El artículo 31 de la Ley N° 28611 establece que, para otorgar la certificación ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) debe concluir que no se incumplen los Estándares de Calidad Ambiental (ECAs). Debido a que los ECAs indican, mediante valores numéricos, el nivel a partir del cual existe riesgo para la salud y el medio ambiente, se esperaría que dicha conclusión también se base en criterios cuantitativos objetivos. Sin embargo, cuando la conclusión se fundamenta en criterios no cuantitativos, puede derivar en una apreciación subjetiva. Por ello, es importante analizar cómo, en los EIAs aprobados, se determina el cumplimiento con los ECAs. En el periodo 2016-2021, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) aprobó catorce EIAs, los cuales fueron evaluados para identificar los ECAs aplicables, la concentración de emisiones o descargas, el nivel en el cuerpo receptor y su comparación con los valores establecidos en los ECAs. Los resultados muestran que, del total de ECAs aplicables, el 40 % fue determinado mediante criterios objetivos y el 60 % restante de forma subjetiva, siendo esta última la predominante en los EIAs revisados.
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