El ne bis in ídem como principio difuminado, en su aplicación dentro de la jurisprudencia penal nacional

Descripción del Articulo

En el espacio jurídico peruano, y dentro del universo, de las diferentes formas y manifestaciones de técnicas procedimentales o procesos sancionatorios, como se les conoce actualmente, y que rigen en el Perú, aplicable a cada uno de los sujetos que la componen y sometidos a las disposiciones y orden...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Melgar Cucho, Jorge Luis
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:UNMSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/23292
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12672/23292
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Fueros
Sanciones (Derecho)
Justicia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:En el espacio jurídico peruano, y dentro del universo, de las diferentes formas y manifestaciones de técnicas procedimentales o procesos sancionatorios, como se les conoce actualmente, y que rigen en el Perú, aplicable a cada uno de los sujetos que la componen y sometidos a las disposiciones y ordenamientos propios, que rigen las conductas de cada uno de sus integrantes, resulta aplicable que se sancione, tanto de forma administrativa, penal, e incluso para aquellos que forman parte de una jurisdicción independiente, es decir dentro de un fuero privativo o penal privativo (castrense), es posible y probable que en dicho ámbito, suceda una persecución múltiple, con la finalidad de establecer una sanción tanto penal como administrativa o privativa, así como de forma concursal, una sanción penal, administrativa y privativa, a aquellos que hayan vulnerado, cualquier disposición emanada por el Estado, y cuya interpretación, legitima, a quienes tienen la potestad y deber de aplicarlo. Estas interpretaciones que no determinan cambios en su concepción y aplicación, por el legitimado a hacerlo; es una forma de manifestación de Ius Puniendi del Estado, que genera una incertidumbre al ciudadano, que afectado por ello, permite al Estado, aplicar una sobrerreacción punitiva a determinados sujetos, probablemente por su condición de tal; y que no permite vislumbrar una respuesta acorde a la defensa de los derechos fundamentales de las personas, es ahí, que a través de la interpretación del principio ne bis in ídem, se nos permite establecer marcos de interpretación para lograr un cambio jurídico en la actual coyuntura y afrontar con mayor seguridad, el sistema normativo contemporáneo, sobrecargado desproporcionalmente de procedimientos sancionatorios. Es así, que dicho principio ne bis in ídem, como extensión de garantía fundamental, soslaya, cualquier posibilidad de un proceso o procedimiento múltiple sancionatorio, pues el objetivo de dicho principio es evitar, cualquier arbitrariedad excesiva, dentro de un Estado de derecho, a fin de establecer seguridad jurídica, manteniendo un respeto por la dignidad de cada una de las personas que la integran, y como base fundamental, dentro de las relaciones y tratos propios de una sociedad.
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