Delito de usurpación y su nivel de impunidad cuando se ingresa mediante actos ocultos a un inmueble en ausencia del poseedor
Descripción del Articulo
Objetivo: Determinar la complejidad de probanza de la usurpación en su forma de actos ocultos a un inmueble en ausencia del poseedor genera impunidad delictiva. Materiales y Métodos: Investigación de tipo básico, enfoque cualitativo, basado en la observación científica, análisis reflexivo, valoració...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión |
Repositorio: | UNJFSC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unjfsc.edu.pe:20.500.14067/8420 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14067/8420 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Inmueble Actos ocultos Usurpación Poseedor https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | Objetivo: Determinar la complejidad de probanza de la usurpación en su forma de actos ocultos a un inmueble en ausencia del poseedor genera impunidad delictiva. Materiales y Métodos: Investigación de tipo básico, enfoque cualitativo, basado en la observación científica, análisis reflexivo, valoración e interpretación, nivel correlacional entre variables “impunidad de la usurpación” y “actos ocultos en ausencia del poseedor”, diseño no experimental. Resultados: En la modalidad “actos ocultos en ausencia del poseedor quien desconoce y no pueda accionar u oponerse”, llamada también “usurpación clandestina”, no se da la conducta típica de usurpación: violencia, intimidación, engaño, ardid. así como también, el propietario puede ceder su posesión a través de un contrato de arriendo, lo retoma cuando está se vence o a través de un proceso sumario de desahucio cuando el ocupante precario no quiere salir. Conclusiones: 70 % de acuerdo, la complejidad de probanza de la usurpación (art. 202.4) en su forma ingresar mediante actos ocultos a un inmueble en ausencia del poseedor viene 82 % la literalidad del numeral 4 art. 202 C. Penal protege como bien jurídico la propiedad y no la conducta típica de usurpación del despojo de la posesión por la violencia, este delito se configura, cuando el agente lo práctica mediante el uso de la fuerza, el engaño, amenaza, el ardid, abuso de confianza y turbación sobre las personas o cosas. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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