Determinación regulativa de la conclusión de investigación preparatoria de oficio para garantizar la protección del derecho al plazo razonable (Huacho, 2023)

Descripción del Articulo

Objetivo: Determinar la regulación de la conclusión de la investigación preparatoria de oficio en la audiencia de control de plazo judicial declarada fundada para garantizar la efectiva protección del derecho al plazo razonable (Huacho, 2023). Métodos: La población de estudio está constituida por 21...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Marcos Huaymacari, Rosse Anabell
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión
Repositorio:UNJFSC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unjfsc.edu.pe:20.500.14067/10037
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14067/10037
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Conclusión de la Investigación Preparatoria
Plazo Razonable
Juez de la Investigación Preparatoria
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Objetivo: Determinar la regulación de la conclusión de la investigación preparatoria de oficio en la audiencia de control de plazo judicial declarada fundada para garantizar la efectiva protección del derecho al plazo razonable (Huacho, 2023). Métodos: La población de estudio está constituida por 2113 abogados agremiados del CAH, cuya muestra a utilizar será la de 92 abogados agremiados de dicha institución. Resultados: Para la obtención de resultados se utilizó el cuadro de registro de datos de Excel, de la información obtenida a través del cuestionario virtual que ha sido realizado a 92 abogados habilitados del CAH en correspondencia a las variables que caracterizan a la presente investigación, de ahí se identificó la imperiosa necesidad de reformar el artículo 343° del CPP, en vista de la vulneración del plazo razonable. Conclusión: Si, se regulara la conclusión de la investigación preparatoria de oficio en la audiencia de control de plazo judicial declarada fundada, al suspenderse la audiencia por 10 días para que una vez reanudada el Fiscal acredite su posición respecto al caso en concreto; entonces, se va a garantizar la efectiva protección del derecho al plazo razonable (Huacho, 2023). Por tanto, es conveniente que para efectivizarla se tiene que modificar el inciso 3) del artículo 343° del CPP.
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