Control de plazos para interponer silencio administrativo en el procedimiento sancionador en la Municipalidad Provincial Barranca – 2023
Descripción del Articulo
Objetivo: Evaluar el control de plazos para interponer silencio administrativo evitaría arbitrariedades al procedimiento sancionador Municipalidad Provincial de Barranca 2023. Materiales y Métodos: De diseño no experimental, basado en el método de la observación rigurosa de nuestras variables, es ti...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión |
Repositorio: | UNJFSC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unjfsc.edu.pe:20.500.14067/10573 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14067/10573 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Silencio administrativo Control de plazos Procedimiento sancionador https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | Objetivo: Evaluar el control de plazos para interponer silencio administrativo evitaría arbitrariedades al procedimiento sancionador Municipalidad Provincial de Barranca 2023. Materiales y Métodos: De diseño no experimental, basado en el método de la observación rigurosa de nuestras variables, es tipo aplicado, de nivel descriptivo asociativo entre las característica y cualidad de estudio de las inconstantes, y de enfoque mixto, cuantitativo se emplea una población y muestra numérica, los resultados serán tabulados y los gráficos, los que serán analizados e interpretados subjetivamente por el tesista (cualitativo). Resultados: La Ley no regula el silencio administrativo en cuanto a los plazos, a ello, no es ajeno la Municipalidad Provincial de Barranca, donde no se viene prestando atención, denotándose una labor inerte de los funcionarios y servidores públicos de esta entidad. Conclusiones: 65 %, el control de plazos para interponer silencio administrativo evitaría arbitrariedades al procedimiento sancionador Municipalidad Provincial de Barranca 2023, pues el art. 228 numerales 1 y 2 no precisa el agotamiento de la vía administrativa, en cuanto al silencio administrativo negativo o interposición de recurso de reconsideración. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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