Que factores inciden en la interpretación jurídica de la posesión precaria que conlleva a sentencias contradictorias

Descripción del Articulo

Nuestra norma sustantiva civil ha establecido de modo expreso el concepto de la posesión precaria, conforme se aprecia del Art. 911 del Código Civil vigente. Aun con las limitaciones propias de una deficiente regulación normativa, es válido reconocer, sin embargo, que el establecimiento del concepto...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Tejada Velez, Cristina Ruth
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2011
Institución:Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann
Repositorio:UNJBG-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNJBG/673
Enlace del recurso:http://repositorio.unjbg.edu.pe/handle/UNJBG/673
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Perú
Posesión (Derecho civil)
Sentencia (Derecho procesal civil)
Descripción
Sumario:Nuestra norma sustantiva civil ha establecido de modo expreso el concepto de la posesión precaria, conforme se aprecia del Art. 911 del Código Civil vigente. Aun con las limitaciones propias de una deficiente regulación normativa, es válido reconocer, sin embargo, que el establecimiento del concepto antes indicado, ha permitido un tratamiento mas preciso a esta forma de poseer bienes y ha posibilitado la ampliación de su espectro a otras instituciones del derecho civil peruano que hasta entonces permanecían al margen de este tipo de posesión. No comparto, por ello, la opinión de que el Art. 911 del Código Civil peruano no tiene justificación. Por el contrario, la rica experiencia judicial en materia de acciones restitutorias de la posesión, como la acción de desalojo, que reflejan los conflictos originados en el déficit de viviendas, crecimiento distorsionado de las ciudades y las graves dificultades económicas que atraviesan grandes sectores sociales del país, permite apreciar la necesidad de una regulación normativa sobre aquella variedad de posesión que se ejerce perjudicando directamente el derecho del titular del bien, esto es, de su propietario; máxime si en nuestro país la jurisprudencia, que si bien ha evolucionado en términos generales en forma positiva, sin embargo, ha sido muchas veces contradictoria. Se puede afirmar que con la mencionada regulación normativa, se ha proporcionado al propietario de un predio una mejor posibilidad de lograr la restitución de la posesión del mismo, vía la acción del desalojo, de quien lo conduce sin que le asista derecho alguno para ello.
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