La igualdad material y el reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en el Perú

Descripción del Articulo

En el presente trabajo de investigación, se analizó si la modificación de las disposiciones del Código Civil sobre la capacidad jurídica de las personas con discapacidad efectuadas mediante el Decreto Legislativo N° 1384, garantizaría íntegramente el derecho a la igualdad y no discriminación de este...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Martínez Reynaga, Rosa Alessandra, Pinedo Tello, Ethel Laura
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Femenina del Sagrado Corazón
Repositorio:UNIFE - Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unife.edu.pe:20.500.11955/1192
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.11955/1192
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho--Tesis
Capacidad legal
Personas con discapacidad
Derecho civil
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente trabajo de investigación, se analizó si la modificación de las disposiciones del Código Civil sobre la capacidad jurídica de las personas con discapacidad efectuadas mediante el Decreto Legislativo N° 1384, garantizaría íntegramente el derecho a la igualdad y no discriminación de este grupo social. Para tales efectos, empleando una metodología de enfoque cualitativo, de nivel descriptivo y con técnica de análisis documental de instrumentos normativos y jurisprudenciales, tanto nacionales e internacionales, así como diversos artículos de investigación sobre la materia, se planteó como principal objetivo el describir que la modificación del Código Civil efectuada por el Decreto Legislativo N° 1384, sobre la capacidad jurídica, afectaría la igualdad material de las personas con discapacidad. Como resultado se obtuvo que la modificación del Código Civil efectuada por el Decreto Legislativo en mención, sí afectaría la igualdad material de las personas con discapacidad, ya que el legislador mediante dicha reforma, otorgó capacidad jurídica a todas las personas sin distinción alguna; lo cual obviaría la igualdad material como uno de los elementos del contenido constitucionalmente protegido del principio-derecho de la igualdad; tratando de manera incipiente de estandarizar el ejercicio de la capacidad jurídica de todas las personas sin tener en cuenta que, muchas de ellas presentan condiciones que afectan su discernimiento y por ende, una correcta manifestación de su voluntad.
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