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La reparación civil como finalidad preventiva del delito de conducción en estado de ebriedad en el distrito judicial de Huánuco durante el período 2014 - 2015

Descripción del Articulo

La investigación estuvo dirigida a determinar el efecto de la Reparación Civil como Finalidad Preventiva del Delito de Conducción en Estado de Ebriedad en el Distrito Judicial de Huánuco durante el Periodo 2014-2015”. La tesista egresada de la Facultad de Derecho y Ciencias políticas de la Universid...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Hidalgo Soto, Ada Carolina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Repositorio:UNHEVAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unheval.edu.pe:20.500.13080/3157
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13080/3157
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Reparación civil
Delito de conducción en estado de ebriedad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La investigación estuvo dirigida a determinar el efecto de la Reparación Civil como Finalidad Preventiva del Delito de Conducción en Estado de Ebriedad en el Distrito Judicial de Huánuco durante el Periodo 2014-2015”. La tesista egresada de la Facultad de Derecho y Ciencias políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizan de Huánuco, buscó describir y explicar un nuevo conocimiento a partir del análisis y reflexión de datos teóricos ya validados por la doctrina jurídica, así mismo buscó describir un nuevo conocimiento que sirve a la praxis de la labor política criminal. Mediante esta investigación se logró proponer una fórmula con la que se podrá determinar la reparación civil proporcional al daño causado, ya que en nuestro sistema judicial carecía de dicha fórmula, los administradores de justicia solo cuantificaban el daño en forma global teniendo como base lo establecido en nuestro marco legal Artículo 93 refiere “La reparación comprende: 1. La restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor; y 2. La indemnización de los daños y perjuicios. Y se rige, además, por las disposiciones pertinentes del Código Civil conforme el art. 101 del mismo código. Así mismo, para cuantificar el daño causado por el delito y por consiguiente fijar la reparación civil, el juzgador no debió apartarse de los criterios doctrinales, normativos y jurisprudenciales del derecho penal, bajo argumentos que la pretensión reparadora es una pretensión de naturaleza privada. Pues, siendo una pretensión que nace de la lesión de un bien jurídico, ésta comparte los fines de la pena; es decir, de la finalidad protectora y preventiva sobre los bienes jurídicamente relevantes del derecho penal. Se logró aportar a la praxis de la labor política criminal, como es uno de los casos la simplificación procesal, de esta manera la parte agraviada logró encontrar la justicia anhelada, ya que al momento de fundamentar la reparación civil los administradores de justicia tomaron como fundamento base, la fórmula propuesta de cuantificación de la reparación civil proporcional al daño causado. La metodología empleada fue el Tipo de investigación, Nivel, Diseño de investigación; Población, Muestra el procesamiento, análisis e interpretación de las en cuestas dirigidas a los jueces, fiscales y abogados del distrito judicial de Huánuco. Los resultados que se tuvo es que se propuso una fórmula para poder determinar la reparación civil proporcional al daño causado, como también se logró prevenir más delitos cometidos por los conductores en estado de ebriedad y se llegó a la conclusión que la reparación civil proporcional al daño causado influyo en la finalidad preventiva del delito de conducción en estado de ebriedad.
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