Periodismo sin periodistas: alcances de la Ley N° 26937 y el libre ejercicio del derecho a las libertades de expresión, opinión, información y difusión
Descripción del Articulo
Se cree que delimitar la carrera de periodismo solo a los periodistas profesionales significa una limitación a los derechos a la libertad de opinión, expresión, información y difusión. Por tanto, el objetivo de este trabajo fue objetar esta errada percepción diferenciando la definición del ejercicio...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Nacional del Centro del Perú |
Repositorio: | UNCP - Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uncp.edu.pe:20.500.12894/11058 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12894/11058 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Periodismo Periodista Ley N° 26937 Intrusismo Libertad de expresión Libertad de Información https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.08.00 |
Sumario: | Se cree que delimitar la carrera de periodismo solo a los periodistas profesionales significa una limitación a los derechos a la libertad de opinión, expresión, información y difusión. Por tanto, el objetivo de este trabajo fue objetar esta errada percepción diferenciando la definición del ejercicio de la actividad periodística y de los cuestionados derechos, a la par que se aplica el análisis documental del derecho mismo y de la principal norma cuestionada en el Perú: la Ley N° 26937 dada en el año de 1998, la cual vuelve no obligatoria la colegiación para la profesión de periodista, al igual que la Sentencia del Tribunal Constitucional del 20 de febrero del 2006 (Expediente N° 0027-2005-PI/TC) la cual, rotundamente, refuerza la idea de que el ejercicio del periodismo no puede ser exclusivo de sus profesionales. Mediante la investigación de tipo cualitativa – descriptiva, se concluye que no es lo mismo ejercer el periodismo y ejercer los derechos cuestionados, pues existen grados distintos de responsabilidad y de sanción que no pueden ser asumidos equivalentemente por un profesional como por un ciudadano común. A la vez, se revela que la cuestionada Ley y Sentencia referida no tienen fundamentos que avalen su vigencia en la actualidad. Se resalta el error de los magistrados al no concebir al periodismo como una carrera y tolerar que el público siga en zozobra al no poder diferenciar entre un profesional y un empírico, algo que pone en riesgo la idoneidad de la información que recibe. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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