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Los tipos penales abiertos y el principio de legalidad en el delito contra el patrimonio en el Código Penal Peruano, 2024

Descripción del Articulo

Esta investigación tiene como objetivo determinar cómo opera los tipos penales abiertos frente al principio de legalidad en los delitos contra el patrimonio en el Código Penal peruano, 2024, la metodología aplicada fue de tipo teórico o básico enfoque mixto, el nivel fue descriptivo explicativa, dis...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Perez Gomez, Beberlith Viviana
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/39371
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/39371
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Ambiguo
Indeterminado
Tipo penal
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación tiene como objetivo determinar cómo opera los tipos penales abiertos frente al principio de legalidad en los delitos contra el patrimonio en el Código Penal peruano, 2024, la metodología aplicada fue de tipo teórico o básico enfoque mixto, el nivel fue descriptivo explicativa, diseño no experimental, la población se constituyó por los fiscales penales Provinciales de Coronel Portillo y 2600 abogados inscritos en el Colegio de Abogados de Ucayali, utilizando una muestra de 20 abogados especialistas en materia penal y los fiscales penales, elegido mediante el método no probabilístico por especialidad y facilidad de obtención de datos; la técnica fue ña encuesta y la entrevista, aplicado mediante los instrumentos de cuestionario y guía de entrevista; para el procesamiento de datos se utilizó la estadística inferencia el software de Altlas.ti. De acuerdo a los resultados obtenidos se llegó a la conclusión que el principio de legalidad es un derecho fundamental de la persona reconocido por la Constitución Política del Estado establecido en el art. 2 numeral 24 literal d) establece que “Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley”; que es en realidad un límite al poder punitivo del Estado, es una garantía de la libertad y es una seguridad jurídica para el individuo frente al abuso de poder del funcionarios.
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