Caracterización del reconocimiento de vínculo laboral, reposición y pago de derechos laborales; proceso contencioso administrativo N° 00263-2023-0-1201-JR-LA-02; Distrito Judicial de Huánuco, Junio 2024

Descripción del Articulo

La investigación tiene como objetivo describir los elementos que caracterizan el reconocimiento del vínculo laboral, la reposición y el pago de derechos laborales resueltos en el expediente N.° 00263-2023-0-1201-JR-LA-02 del Distrito Judicial de Huánuco, junio de 2024; su nivel es descriptivo, su fi...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Curay Jimenez, Joel Franklin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/42428
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/42428
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Vínculo Laboral
Primacía de la Realidad
Reposición
Beneficios Laborales
Decreto Legislativo N.º 276
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación tiene como objetivo describir los elementos que caracterizan el reconocimiento del vínculo laboral, la reposición y el pago de derechos laborales resueltos en el expediente N.° 00263-2023-0-1201-JR-LA-02 del Distrito Judicial de Huánuco, junio de 2024; su nivel es descriptivo, su finalidad es básica, de enfoque cualitativo y diseño no experimental y transversal; la unidad de análisis es un proceso judicial; las técnicas empleadas son la observación y el análisis documental, y el instrumento una guía de observación. De acuerdo con los resultados, las conclusiones son: 1) el uso de contratos civiles no impide reconocer un vínculo laboral real cuando se evidencian funciones permanentes y subordinación, conforme a la Ley N.° 24041 y al D. Leg. N.° 276; 2) la continuidad, la subordinación y el pago regular confirman una relación laboral encubierta, aplicándose el principio de primacía de la realidad; 3) la sentencia de primera instancia reconoció correctamente el vínculo laboral y dispuso la reposición y beneficios; 4) los argumentos municipales sobre ausencia de subordinación y continuidad no desvirtúan el vínculo laboral; 5) la segunda instancia ratificó el reconocimiento del régimen público y ordenó la reposición y beneficios; 6) la ejecución de la sentencia garantizó el cumplimiento efectivo de la reposición y derechos laborales; y 7) se concluye que la aplicación del principio de primacía de la realidad y la interpretación normativa adecuada fortalecen la protección judicial de los derechos laborales frente a contratos civiles encubiertos.
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