Proceso de régimen disciplinario y la debida motivación de sus resoluciones, aplicación en el expediente N° 650499-2017 de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa

Descripción del Articulo

El trabajo de investigación busca responder a la interrogante del problema: ¿Cómo se efectúa la debida motivación en las resoluciones sancionadoras del procedimiento administrativos disciplinarios según el expediente N° 650499-2017 de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa? El objetivo plante...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Alarcon Lerma, Jose Santos, Chacon Gomez, Marianella
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad José Carlos Mariátegui
Repositorio:UJCM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ujcm.edu.pe:20.500.12819/1507
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12819/1507
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Régimen disciplinario
Razonabilidad
Debido proceso
Debida motivación
Interpretación normativa
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El trabajo de investigación busca responder a la interrogante del problema: ¿Cómo se efectúa la debida motivación en las resoluciones sancionadoras del procedimiento administrativos disciplinarios según el expediente N° 650499-2017 de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa? El objetivo planteado pretende determinar la correlación vinculante entre las variables Proceso de Régimen Disciplinario y la Debida Motivación, el objetivo formulado: Analizar cómo se efectúa la debida motivación en las resoluciones sancionadoras del procedimiento administrativos disciplinarios según el expediente N° 650499-2017 de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa. La presente Investigación se desarrolla dentro del método analítico y correlacional, de variables ligadas a las hipótesis planteadas, a un nivel de investigación básico descriptivo, explicativo e interpretativo, utilizando un diseño probabilístico no experimental del tipo Transaccional. Se consideró una población constituida en: primer lugar los 5 miembros de la Comisión de Proceso de Régimen Disciplinarios de la GREA,(CPRD) segundo; 136 servidores administrativos de los institutos superiores, tomando una muestra de 36 servidores aplicando el muestreo no probabilístico, tercero; el expediente N° 650499-2017. Para el acopio de información se aplicó, la técnica de entrevista y observación, utilizando el instrumento de cuestionario con el fin de medir las variables, se contó con el apoyo de 2 abogados ex miembros de CPRD y 3 abogados especialistas en derecho administrativo. De acuerdo a los resultados obtenidos, se llega a las conclusiones que no se garantiza el cumplimiento de los principios del procedimiento administrativo disciplinario, al no existir una correcta aplicación entre otros del principio de razonabilidad, interpretación normativa, conllevando a una indebida motivación de los actos resolutivos, afectando la garantía del debido procedimiento, perennizando el ius puniendi del estado, en perjuicio de los administrados.
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