Evasión y fiscalización tributaria, de rentas de tercera categoría, IGV en las micro y pequeñas empresas en la región de Puno; periodo 2017 – 2018
Descripción del Articulo
El presente trabajo de investigación titulado “Evasión, fiscalización tributaria del impuesto a la renta, IGV en las micro y pequeñas empresas en la región de puno; periodo 2017 – 2018” Tiene por finalidad analizar, visualizar y evidenciar la trascendencia cuantitativa derivado en el ejercicio de la...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2021 |
Institución: | Universidad José Carlos Mariátegui |
Repositorio: | UJCM-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ujcm.edu.pe:20.500.12819/1525 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12819/1525 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Evasión Fiscalización Tributaria Rentas de Tercera Categoría IGV Empresa http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El presente trabajo de investigación titulado “Evasión, fiscalización tributaria del impuesto a la renta, IGV en las micro y pequeñas empresas en la región de puno; periodo 2017 – 2018” Tiene por finalidad analizar, visualizar y evidenciar la trascendencia cuantitativa derivado en el ejercicio de la función de fiscalización y pretende reseñar en una forma general, de cómo la información requerida por la Administración Tributaria, al comprobar su autenticidad y veracidad, es desvirtuado. Es decir, producto de su intervención y en el ejercicio de sus atribuciones contenida en la Ley, determina omisiones sustanciales y formales, califica las infracciones, establece las sanciones y hasta puede interponer contra los infractores las acciones penales por delito tributario; constituyéndose éstas en severas y represivas. Como se sabe, la Administración Tributaria a través de la SUNAT es la encargada de velar por el cumplimiento de las normas tributarias, por lo que a tal efecto, la Ley le ha conferido una serie de facultades que le permiten cumplir eficaz y eficientemente estos menesteres En razón al Art. 62º del Código Tributario, es facultad suprema e inherente de la Administración Tributaria la fiscalización, la cual se ejerce en forma discrecional. Esta situación origina un control permanente al contribuyente de jure en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias establecidas por Ley. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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