Ineficacia del artículo 924 del ejercicio abusivo del derecho de propiedad sobre la contaminación de ruidos molestos, en la ciudad de Tacna, 2022

Descripción del Articulo

Este trabajo de investigación que hemos realizado en conjunto, tiene por título: INEFICACIA DEL ARTÍCULO 924, DEL EJERCICIO ABUSIVO DEL DERECHO DE PROPIEDAD, EN LA CIUDAD DE TACNA 2022, analiza el problema del ruido que genera un vecino, afectando nuestro equilibrio emocional. Nuestra regulación lo...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Caldas Quispe, Pablo Marcos, Porras Palacios, Juan Carlos
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad José Carlos Mariátegui
Repositorio:UJCM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ujcm.edu.pe:20.500.12819/2851
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12819/2851
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Abuso del Derecho
Ineficacia
Propiedad
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Este trabajo de investigación que hemos realizado en conjunto, tiene por título: INEFICACIA DEL ARTÍCULO 924, DEL EJERCICIO ABUSIVO DEL DERECHO DE PROPIEDAD, EN LA CIUDAD DE TACNA 2022, analiza el problema del ruido que genera un vecino, afectando nuestro equilibrio emocional. Nuestra regulación lo permite, ya que no aparece especificado en su normativa, en el código civil peruano. Mientras que en otros países, como el código civil argentino, si está detallado claramente que son las cosas que no se pueden transgredir en busca de la buena hermandad, tranquilidad y respeto, que debe existir entre los ciudadanos, que comparten propiedades colindantes. Este hallazgo en el código civil argentino, reafirma nuestra intención de querer mejorar nuestra vida en sociedad que sea en un ambiente de armonía. Ya que en palabras de Hans Kelsen: todo lo que no está en el código, si está permitido…” Así mismo conociendo el carácter festivo y populachero de nuestra sociedad, es de vital importancia generar un cambio de conciencia, empezando por regular nuestros excesos en ruidos, desde la normativa del código civil; para que otras personas no sean afectadas en nuestro disfrute y goce en nuestra propiedad, como es escuchar nuestra música ya no de forma estridente.
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