Informe jurídico del expediente 5971-2015-0-3208-JRPE- 01 (delitos contra la libertad sexual)
Descripción del Articulo
En el presente Trabajo de Suficiencia Profesional se procederá a analizar la importancia de la correcta aplicación de la retroactividad benigna a raíz de la modificación Art 176, modificada en el año 2018 por la Ley Nº 30838 , específicamente en el Inciso A, siendo este tipo penal Tocamientos, actos...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Inca Garcilaso de la Vega |
| Repositorio: | UIGV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/7518 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.11818/7518 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | duda actos contra el pudor menor de edad libidinosos motivación https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En el presente Trabajo de Suficiencia Profesional se procederá a analizar la importancia de la correcta aplicación de la retroactividad benigna a raíz de la modificación Art 176, modificada en el año 2018 por la Ley Nº 30838 , específicamente en el Inciso A, siendo este tipo penal Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores , contrastando dicha norma con el Acuerdo Plenario Nº 2-2005/CJ-116, respecto a ello se tiene que el expediente penal materia de análisis se origina en relación a los hechos perpetuados desde el año 2005, en el cual la Sra. Gudelia Ayala Taboada habría denunciado que su nieta de iniciales T.E.L.G. sería víctima del delito contra la libertad sexual su modalidad de Tocamientos Indebidos, cometidos por su padrastro, el C.J.N.R. Siendo así, la fiscalía inició investigaciones preparatorias y, habiendo recopilado pruebas idóneas para la formalización de la acusación, proceden a la misma por el delito de Actos Contra el Pudor en menores de edad, solicitando se le imponga once (11) años de pena privativa de libertad, asimismo fijando una reparación civil de diez mil soles a favor de la agraviada. El A quo resuelve, tomando en cuenta el Acuerdo Plenario Nº 2- 2005/CJ-116, y condenan en primera instancia a C.J.N.R como autor por la comisión del delito contra la Libertad Sexual a diez años de pena privativa de libertad efectiva, siendo la misma apelada, concluyendo con la sentencia de vista emitida por la Sala Penal Liquidadora permanente de Ate, revocando en parte la sentencia, reformando la pena impuesta a 6 años de pena privativa de libertad efectiva. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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