DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL - ACTOS DE CONNOTACION SEXUAL, ACTOS LIBIDINOSOS EN MENORES

Descripción del Articulo

En el presente trabajo se realizó el análisis jurídico de la sentencia de vista contenida en la Resolución VEINTIUNO de fecha 28 de diciembre de 2022, emitida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones integrada de la Corte Superior de Justicia del Santa. En resumen, dicha Sentencia de Vista confirma...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Blas Vasquez, Joselyn Tatiana
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad San Pedro
Repositorio:USANPEDRO-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usanpedro.edu.pe:20.500.12976/25375
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12976/25375
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Actos de connotación sexual
actos libidinosos en menores
penal
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente trabajo se realizó el análisis jurídico de la sentencia de vista contenida en la Resolución VEINTIUNO de fecha 28 de diciembre de 2022, emitida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones integrada de la Corte Superior de Justicia del Santa. En resumen, dicha Sentencia de Vista confirma la condena impuesta a PEDRO MARIO SOLIS LUNAREJO imputado del delito contra la libertad sexual - Actos contra el pudor en menores, en agravio de C B, M L, disponiendo la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de Penal Colegiado Supra provincial de la Corte Superior de Justicia del Santa, quien condenó al imputado a ?NUEVE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD CON CARÁCTER EFECTIVA Y UNA REPARACIÓN CIVIL DE SIETE MIL SOLES?; siendo que las garantías de proceso fueron respetadas en el caso en concreto, ésta siempre va a apuntar en búsqueda a la verdad. El presente trabajo se justifica en base a la realidad de su lnerabilidad en que se encuentran los menores de edad, que si bien es cierto existe peligro en todo entorno, se debe dar relevancia al tema para que así, nuestros niños se encuentren más preparados ante una amenaza de índole sexual. Por lo tanto, nuestros juzgadores deben actuar con objetividad y ser minuciosos al momento de emitir una sentencia ya que se está poniendo en juego la libertad por parte del agresor y la libertad sexual por parte de la víctima, puesto que, se encontraría propensa a ser nuevamente agredida sexualmente.
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