La Contratación Administrativa de Servicios y la afectación al derecho al trabajo en la Constitución Política del Perú de 1993

Descripción del Articulo

Mi estudio tiene como meta principal determinar de qué manera la norma objeto de nuestra investigación, afecta el derecho al laboral contemplado en nuestra Carta Magna de 1993; para ello, se efectuó una investigación de tipo básico a nivel explicativo utilizando métodos sistemáticos, dogmático y fun...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Schmitt Marino, Jorge Mesers
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Repositorio:UIGV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/8057
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.11818/8057
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:primacía de la realidad
derechos laborales
contrato administrativo
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Mi estudio tiene como meta principal determinar de qué manera la norma objeto de nuestra investigación, afecta el derecho al laboral contemplado en nuestra Carta Magna de 1993; para ello, se efectuó una investigación de tipo básico a nivel explicativo utilizando métodos sistemáticos, dogmático y funcional. La información se recabó usando como instrumentos las fichas de análisis documental de otras tesis tanto nacionales como internacionales, teorías de constitucionalistas y de internet. Como resultado se concluyó que la referida norma y sus modificatorias afecta el derecho laboral contemplado en nuestra Cara Magna de 1993, toda vez que el prestador de servicios bajo este sistema CAS se ve discriminado en comparación con los trabajadores de sistemas laborales diferentes al del objeto del estudio, que también se utilizan para contratar personal en los diferentes organismos de la administración pública que sí respetan la Constitución. También porque sus beneficios sociales son recortados y otros beneficios están ausentes, como el de permanencia en el puesto laboral o el de la CTS, que sirve como contingencia ante la pérdida del empleo y lo peor en este caso es que quienes vienen afectando los derechos del trabajador consagrados en nuestra “Ley de Leyes” es el propio Estado, que debería ser el primero en respetarla.
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