DEFICIENCIA EN LA REUNIÓN DE ELEMENTOS DE CONVICCIÓN EN LAS INVESTIGACIONES PREPARATORIAS Y LOS SOBRESEIMIENTOS EN EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO- 2016

Descripción del Articulo

La figura del Sobreseimiento, establecida en el artículo 344° del Código Procesal Penal (en adelante CPP), es la resolución que emite el órgano jurisdiccional, con el cual se pondrá término a un procedimiento penal iniciado, sin actuar el derecho punitivo del Estado. Se da en la etapa intermedia del...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Soria Ramirez, Judith Mariluz
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad de Huánuco
Repositorio:UDH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.udh.edu.pe:123456789/750
Enlace del recurso:http://repositorio.udh.edu.pe/123456789/750
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
Descripción
Sumario:La figura del Sobreseimiento, establecida en el artículo 344° del Código Procesal Penal (en adelante CPP), es la resolución que emite el órgano jurisdiccional, con el cual se pondrá término a un procedimiento penal iniciado, sin actuar el derecho punitivo del Estado. Se da en la etapa intermedia del proceso penal y goza de los efectos de cosa juzgada. El Sobreseimiento procede por cuatro motivos, de los cuales es materia de nuestra investigación, la falta de elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado (literal “d”, del inciso 2 del art. 344° del CPP), sin posibilidades de realizar una nueva investigación ya sea de oficio o a pedido del fiscal con la finalidad de lograr recabar aquellos elementos de convicción que permitan llevar un proceso a un enjuiciamiento y emitir la resolución que corresponde. Sin embargo, existen deficiencias en las investigaciones preparatorias, esto pese a tener prórroga en los plazos de investigación para todo ello. Durante el año 2016, se ha observado que los sobreseimientos por la causal indicada, han tenido lugar en el Segundo Juzgado Penal de Huánuco como consecuencia de deficiencia en las investigaciones preparatorias, ya que pese a las prórrogas que existen en las investigaciones y otros factores que se describirán, no se lograron reunir suficientes elementos de convicción.
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