La reconducción de pretensiones en el proceso civil peruano
Descripción del Articulo
La reconducción de pretensiones es una figura procesal que no se encuentra nominalmente regulada en el ordenamiento jurídico peruano, no obstante, se advierten determinados supuestos que evidencian su reconocimiento implícito. Alude a la posibilidad del juez de variar la pretensión inicial del deman...
| Autores: | , |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad de Piura |
| Repositorio: | UDEP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/7656 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11042/7656 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho procesal civil -- Legislación Derecho procesal civil -- Interpretación y aplicación Proceso civil -- Aspectos jurídicos Divorcio (Derecho procesal civil) -- Legislación D345.71 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | La reconducción de pretensiones es una figura procesal que no se encuentra nominalmente regulada en el ordenamiento jurídico peruano, no obstante, se advierten determinados supuestos que evidencian su reconocimiento implícito. Alude a la posibilidad del juez de variar la pretensión inicial del demandante, sustituyéndola por otra distinta, aun cuando no medie solicitud expresa del accionante para tal efecto. De esta manera, adquiere relevancia para su análisis, en tanto genera interrogantes con relación a una posible afectación del principio de congruencia y derecho de defensa. Así, en el desarrollo del presente trabajo de investigación, se abarcan dos casos de aplicación específica. El primero es la declaración de nulidad de oficio, recogida en el artículo 220 del Código Civil Peruano, donde se faculta al juez a declarar de oficio una nulidad que resulte manifiesta, pese a que las partes no lo hayan solicitado o lo hayan hecho invocando otra causal. Y, el segundo está contemplado en el artículo 358 del mismo cuerpo normativo, donde se le otorga al juez la facultad de variar la pretensión de divorcio a una de separación de cuerpos si es que le pareciera probable que los cónyuges se podrían reconciliar. Los cuestionamientos realizados en la aplicación de dichos supuestos son analizados y detallados en el desarrollo de la tesis. Asimismo, se profundiza sobre los límites y alcances de la reconducción de pretensiones en el proceso civil peruano. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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