Control previo constitucional de los tratados internacionales como una alternativa viable para el caso peruano
Descripción del Articulo
La tesis tiene como finalidad establecer la importancia del control previo de los instrumentos internacionales (tratados) antes de ser incorporados al ordenamiento jurídico interno. Para ello esta tesis estuvo dividida en IV capítulos, destinados al tratado internacional, control de constitucionalid...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad de Piura |
| Repositorio: | UDEP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/6458 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11042/6458 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho internacional -- Investigaciones Tratados -- Investigaciones Control constitucional D341.2 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | La tesis tiene como finalidad establecer la importancia del control previo de los instrumentos internacionales (tratados) antes de ser incorporados al ordenamiento jurídico interno. Para ello esta tesis estuvo dividida en IV capítulos, destinados al tratado internacional, control de constitucionalidad de los tratados internacionales en el ordenamiento peruano; Alternativa viable para el caso peruano: control preventivo de constitucionalidad de los tratados, conclusiones y recomendaciones. En la jurisprudencia nacional establecida por el supremo interprete de la Constitución expresó que, el control previo busca prevenir indispensablemente las eventuales contradicciones que nazcan luego de la vigencia o incorporación del tratado en las normas internas; ello aseveraría la adaptación normativa y lógica del sistema de fuentes e impediría la inseguridad jurídica y el permisible compromiso internacional del Estado, también de fortalecer la supremacía constitucional, lo cual no sería viable con un control ulterior de constitucionalidad de los tratados. Debe implementarse el control preventivo de los instrumentos internacionales, como proposición general, con la finalidad de verificar, antes de su ratificación, si el tratado no vulnera las normas de orden constitucional. Finalmente, como propuesta de esta investigación es que, este control preventivo debe estar a cargo del Tribunal Constitucional y de jueces considerando que estos últimos están en condición de efectuar controles difusos. Una vez verificados estos instrumentos, deben continuar con lo dispuesto en la Constitución peruana a fin de que en base a las atribuciones del Legislativo (Art. 56 de la Const.) y el Ejecutivo (Art. 57 de la Const.) procedan a su aprobación, celebración o ratificación. La conveniencia de la implementación de un régimen de control previo de constitucionalidad de los instrumentos internacionales (tratados), debe efectuarse previa reforma de la normatividad constitucional en mérito al art. 206 de la Constitución. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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