La terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal peruano, distrito judicial de Lima Norte, 2020

Descripción del Articulo

La presente investigación denominada “La Terminación Anticipada en la Etapa Intermedia del Proceso Penal Peruano, Distrito Judicial de Lima Norte, 2020”; tuvo como objetivo determinar si es posible celebrar la Terminación Anticipada en la Etapa Intermedia del proceso penal peruano La metodología emp...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Neira Castro, Manuel Leonardo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/62115
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/62115
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Juicio (Derecho procesal penal) - Perú
Arrepentimiento (Derecho procesal penal) - Perú
Derecho procesal penal - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación denominada “La Terminación Anticipada en la Etapa Intermedia del Proceso Penal Peruano, Distrito Judicial de Lima Norte, 2020”; tuvo como objetivo determinar si es posible celebrar la Terminación Anticipada en la Etapa Intermedia del proceso penal peruano La metodología empleada para la problemática investigada fue de enfoque cualitativo basado en un tipo de investigación básica, con un diseño no experimental y de teoría fundamentada. Además, se utilizó como instrumentos de recolección de datos a la guía de entrevista y guía de análisis documental; las primeras se hicieron a abogados y fiscales, y en la segunda se analizaron normas procesales, jurisprudencias y legislación comparada. La conclusión fue que, si es posible celebrar la Terminación Anticipada en la Etapa Intermedia del proceso penal peruano, desde una interpretación teleológica y extensiva de la finalidad de la Terminación Anticipada, del artículo 468.1 del NCPP y del artículo VII del Título Preliminar del NCPP; por cuanto, la Terminación Anticipada cumple su finalidad aun en la Etapa Intermedia, la acusación fiscal recién estaría completa después de haber sido oralizada en la audiencia preliminar, la norma penal impone una interpretación a favor de los procesados y porque no existe Ley que lo prohíba.
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