Unión de hecho propia como estado civil en el ordenamiento jurídico peruano

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal fundamentar si es pertinente reconocer e incorporar la unión de hecho propia como estado civil dentro del ordenamiento jurídico peruano, toda vez que hasta el momento existen vacíos legales con respecto a esta forma de fundar familia...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Acuña Estrada, Yerht Ly, Huaytalla Dionicio, Kerly Scarlitt
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/52120
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/52120
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Unión de hecho
Estado civil
Concubino
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal fundamentar si es pertinente reconocer e incorporar la unión de hecho propia como estado civil dentro del ordenamiento jurídico peruano, toda vez que hasta el momento existen vacíos legales con respecto a esta forma de fundar familia, que son utilizados de mala fe por algunos concubinos para disponer unilateralmente y sin consentimiento expreso los bienes que forman parte del patrimonio de ambos convivientes, los cuales han sido construidos producto de su convivencia, la misma que se encuentra reconocida e inscrita dentro del libro de personas naturales de Registros Públicos. Los participantes que forman parte de la presente investigación son la Dra. Rommy Stella Hidalgo Flores asesora del Ministerio de la mujer y poblaciones vulnerables- Centro Emergencia Mujer, el Dr. Usbert Peña Alvarez especialista en derecho civil y abogado senior de Uspeal Coporation, el Dr. Tito Doroteo Sierra Contreras abogado especialista en derecho de familia y derecho civil; finalmente, el Sr. Erick Del Águila concubino. De acuerdo a las entrevistas realizadas a los expertos y conocido los resultados se ha determinado que es pertinente el reconocimiento de unión de hecho como estado civil en nuestro marco legal, ya que, genera seguridad jurídica al patrimonio de los concubinos, protegiéndolos de posibles actos jurídicos realizados por uno de los concubinos sin conocimiento ni autorización del otro; además, es una necesidad que afecta nuestra realidad y que el Estado tiene el deber de proteger con sus leyes.
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