Exoneración de alimentos y su incidencia en las prestaciones recíprocas entre ascendientes y descendientes en el JPL de Comas, 2023

Descripción del Articulo

La investigación nació por el alto índice de deudores morosos alimentarios, debido a que, no existe regulación que imposibilite solicitar pensión alimentaria a padres que abandonaron tanto económica y moralmente a sus hijos. Se obtuvo como objetivo general determinar la incidencia de la regulación d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Mucha Llanos, Milagros Daniela
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/149029
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/149029
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Exoneración de alimentos
Abandono económico
Abandono moral
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación nació por el alto índice de deudores morosos alimentarios, debido a que, no existe regulación que imposibilite solicitar pensión alimentaria a padres que abandonaron tanto económica y moralmente a sus hijos. Se obtuvo como objetivo general determinar la incidencia de la regulación de la exoneración de alimentos en las prestaciones recíprocas entre ascendientes y descendientes en el JPL de Comas, 2023, y como específicos determinar la incidencia del abandono económico y abandono moral en el principio de equidad y en la obligación alimentaria, en el JPL de Comas, 2023. Asimismo, contó con un marco metodológico donde el tipo de investigación fue básica, nivel explicativo, enfoque cualitativo y con diseño de la Teoría Fundamentada. Se concluyó que regular la exoneración de alimentos disuadiría comportamientos irresponsables de los padres, ya que tomarían conciencia de las consecuencias que generaría su incumplimiento, lográndose con ello un enfoque de justicia e igualdad. Se recomienda al Poder Legislativo incorporar causales de exoneración de alimentos al abandono económico y moral en el artículo 483 del Código Civil, a efectos de garantizar el interés superior del niño y cumplir con los principios de solidaridad familiar y reciprocidad valores por el cual se basa la pensión alimentaria.
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