La exigencia de una pericia psicológica como requisito para solicitar la Tenencia Compartida en vía extrajudicial

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo como problema principal saber si la pericia psicológica debe ser exigible a los progenitores previamente al otorgamiento de la tenencia compartida en la vía extrajudicial, los participantes fueron psicólogos, abogados y conciliadores, el enfoque fue cualitativo y el di...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Alarcon Yalico, Carina Milagros
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/151329
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/151329
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Tenencia compartida
Pericia psicológica
Conciliación
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo como problema principal saber si la pericia psicológica debe ser exigible a los progenitores previamente al otorgamiento de la tenencia compartida en la vía extrajudicial, los participantes fueron psicólogos, abogados y conciliadores, el enfoque fue cualitativo y el diseño fenomenológico, asimismo la técnica fue la entrevista realizada a especialistas en la materia como abogados , psicólogos y conciliadores extrajudiciales, los hallazgos a través de las teorías, antecedentes y entrevistas coincidieron en la necesidad imperiosa de que la pericia psicológica sea realizada a los progenitores para el otorgamiento de la tenencia, así también como la evaluación psicológica al menor para verificar su estado de salud emocional, las conclusiones fueron, primero que la pericia nos permite evaluar la idoneidad de los padres, segundo que la salud mental de los padres nos permite ver la capacidad para la tenencia y tercera que la pericia al menor en casos de tenencia es esencial para identificar si existe la intención de menoscabar la imagen de uno o ambos progenitores, la recomendación principal es que en la conciliación extrajudicial debe de ser requisito exigible la pericia psicológica a los progenitores para otorgar la tenencia de los hijos, para salvaguardar el equilibrio y la salud psicológica del menor.
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