La presunción de la paternidad en la filiación matrimonial y su implicancia en el principio del interés superior del niño

Descripción del Articulo

Esta investigación se orienta a demostrar, que la filiación, es una institución de suma importancia ya que establece una relación o vinculación entre una persona que tendrá la calidad de hijo y otras dos que tendrán la calidad de padres, ello independientemente a que la relación se deba a un hecho b...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Bohorquez Mantilla, Paola Antonia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2013
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/119583
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/119583
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Derecho a la identidad
Pruebas biológicas
Principio de interés
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación se orienta a demostrar, que la filiación, es una institución de suma importancia ya que establece una relación o vinculación entre una persona que tendrá la calidad de hijo y otras dos que tendrán la calidad de padres, ello independientemente a que la relación se deba a un hecho biológico o a un hecho jurídico. En ese sentido, se puede deducir que en la filiación matrimonial y extramatrimonial el vínculo se establecerá por el hecho biológico, en cambio la adopción se dará por un hecho jurídico. Lo deducido no es regulado por el Código Civil ya que establece que la filiación matrimonial se configura bajo la presunción de la paternidad, la cual ha tenido vigencia desde que se comenzó a regular esta institución hasta el día de hoy. Cabe resaltar la importancia que tuvo la regulación de la presunción de la paternidad en tiempo atrás, ya que establecía a una persona como padre del menor a pesar de que no lo fuera, ello ocurría por que no se contaba con métodos que establecieran con certeza quien es el progenitor, ello en la actualidad se puede conocer gracias al avance de la ciencia. A partir de lo mencionado, es lamentable reconocer que a pesar de la existencia de pruebas biológicas se siga regulando en el ordenamiento jurídico esta presunción que vulnera no sólo derechos de contenido patrimonial sino también derechos de contenido extrapatrimonial como es el derecho a la identidad, reconocida por la Constitución como derecho fundamental.
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