La tenencia de un menor otorgada a un tercero con legítimo interés por el principio del interés superior del niño

Descripción del Articulo

Mediante la investigación se logró demostrar que el otorgar la tenencia de un menor a un tercero con legítimo interés con el cual tiene un vínculo afectivo resulta más favorable para proteger el desarrollo emocional y social del menor. El tipo de estudio es descriptivo, con diseño no experimental en...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Mendoza Valle, Karen Lisbeth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/121112
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/121112
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Principio del interés superior del niño
Vínculo afectivo
desarrollo emocional y social
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Mediante la investigación se logró demostrar que el otorgar la tenencia de un menor a un tercero con legítimo interés con el cual tiene un vínculo afectivo resulta más favorable para proteger el desarrollo emocional y social del menor. El tipo de estudio es descriptivo, con diseño no experimental en el enfoque cualitativo en la cual se hace uso del método de investigación argumentativo- interpretativo, asimismo, la población está constituida por especialistas de derecho civil- familia del departamento de Lima, el método de determinación de la muestra es intencional no probabilístico constituidos por, especialistas en el Derecho Civil-Familia. La técnica de recolección de datos es una entrevista con preguntas abiertas, que permiten al entrevistado poder brindar su opinión respecto al otorgamiento de la tenencia de un menor por los magistrados a la actualidad. Se concluye lo siguiente; que por el principio del interés superior del niño se puede considerar el vínculo afectivo que se ha establecido entre el menor y el tercero con legítimo interés, que solicite su tenencia, siendo que lo que se busca es la protección del desarrollo emocional y social del menor, por ello resulta necesario una modificación normativa, en el libro 111 título I capítulo 11 del Código de Niños y Adolescentes vigente incorporando un segundo párrafo en el artículo 83 en el cual se regule el otorgamiento de la tenencia de un menor a un tercero con legítimo interés.
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