El principio del interés superior del niño como principio garantista en el marco de un sistema jurídico basado en el reconocimiento de derechos en el Perú

Descripción del Articulo

El propósito fundamental de la investigación fue determinar las razones jurídicas que justifican el principio del interés superior del niño como principio garantista en el marco de un sistema jurídico basado en el reconocimiento de derechos en el Perú; para lo cual se realizó una investigación dogmá...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Calderon Palacios, Tonny Franz Manuel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/2731
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/2731
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Constitución
Principios
Garantismo
Interés superior del niño Derechos
Descripción
Sumario:El propósito fundamental de la investigación fue determinar las razones jurídicas que justifican el principio del interés superior del niño como principio garantista en el marco de un sistema jurídico basado en el reconocimiento de derechos en el Perú; para lo cual se realizó una investigación dogmática, transversal, descriptiva, no experimental, careciendo de delimitación temporal y espacial el problema por el tipo de investigación realizada. La unidad de análisis estuvo constituida por la doctrina, jurisprudencia y normatividad. Se utilizaron como técnicas el fichaje y el análisis de contenido, utilizando como instrumentos de recolección datos las fichas y ficha de análisis de contenido respectivamente. Entre los métodos empleados tenemos al dogmático, exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. La investigación ha demostrado que el principio de interés superior del niño como principio garantista parte por reconocer que los principios en el marco de un sistema jurídico basado en el reconocimiento de derechos, constituyen derechos que permiten ejercer otros derechos y resolver conflictos entre derechos igualmente reconocidos, en este sentido, el interés superior del niño adquiere consideración primordial en todas las medidas concernientes a los niños, desempeñando la función de guía para la interpretación del resto del articulado de la Convención, lo que implica aceptar que las decisiones y acciones estatales sean regidas por el interés superior del niño, justificado en un cambio radical en la manera de pensar al niño, reconociéndolo como sujeto pleno de derechos
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