La inobservancia de la figura de sociedad conyugal esponsales regulados en los artículos 239° y 240° del código civil peruano
Descripción del Articulo
        Esta investigación tuvo como propósito analizar la inobservancia de la figura de sociedad conyugal esponsales regulados en los artículos 239° y 240° del código civil peruano. De modo que el diseño del presente estudio fue un enfoque cualitativo, no experimental, ya que se analizarán e interpretarán...
              
            
    
                        | Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado | 
| Fecha de Publicación: | 2022 | 
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo | 
| Repositorio: | UCV-Institucional | 
| Lenguaje: | español | 
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/117360 | 
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/117360 | 
| Nivel de acceso: | acceso abierto | 
| Materia: | Esponsales Incumplimiento Matrimonio https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | 
| Sumario: | Esta investigación tuvo como propósito analizar la inobservancia de la figura de sociedad conyugal esponsales regulados en los artículos 239° y 240° del código civil peruano. De modo que el diseño del presente estudio fue un enfoque cualitativo, no experimental, ya que se analizarán e interpretarán todas las cuestiones que se han propuesto en la investigación respecto a cómo se abordará la figura de los esponsales en la actualidad, conforme al artículos que lo estipula en nuestra normativa. Para ello fue importante entrevistar a 5 Jueces y 5 abogados especialistas en materia civil. De los resultados obtenidos se aprecia que, es necesario que se dé la derogación de la figura de los esponsales estipulado en los artículos 239 y 240 del Código Civil, ya que dicha institución con el transcurso de los años ha devenido en desuso, como consecuencia de la idiosincrasia de las personas. Se recomienda a los operadores de justicia aplicar el artículo 1969° del Código Civil para la protección de la figura de los esponsales de tal manera que no se estará cometiendo redundancia normativa en los artículos 239 y 240 del Código Civil ya que estos serían derogados. | 
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La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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