La función notarial y la prevención del delito de lavado de activos en Lima Norte en el año 2017

Descripción del Articulo

La presente investigación surge de la necesidad de implementar mecanismos de prevención en sede notarial en la materia del delito de Lavado de Activos, surgiendo respecto a ello La Función Notarial y la Prevención del delito de Lavado de Activos en Lima norte en el año 2017, explicando la función qu...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ramos Cortez, Luisa Paola
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/64298
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/64298
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Derecho notarial - Perú
Lavado de dinero
Delitos (Derecho penal) - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación surge de la necesidad de implementar mecanismos de prevención en sede notarial en la materia del delito de Lavado de Activos, surgiendo respecto a ello La Función Notarial y la Prevención del delito de Lavado de Activos en Lima norte en el año 2017, explicando la función que realiza el notario en materia de prevención y si es que existe una contribución a la Unidad de Inteligencia Financiera, todo ello en base a la Constitución, el Decreto legislativo N° 1049, La Ley N° 27693 sus modificatorias y su Reglamento de la mencionada Ley dada por el Decreto Supremo N° 020 – 2017 y también el Decreto Legislativo N° 1106 y sus modificatorias, como las normas internacionales. En este sentido, la presente investigación se ha empleado el enfoque cualitativo con el tipo de investigación es básica y diseño de la teoría fundamentada , donde a través de la recolección de los datos se ha utilizado las técnicas de investigación de la entrevista y el análisis documental, a fin de alcanzar los objetivos trazados, permitiendo concluir que la función notarial no previene el delito de lavado de activos, por cuanto supone la necesaria implementación de lineamientos más drásticos que permitan realmente establecer un sistema de prevención por parte de los notarios respecto al lavado de activos. Por cuanto el cumplimiento del envío de los reportes de Operaciones a la Unidad de Inteligencia Financiera no determina una prevención en sí, por lo que se requiere modificar las normas y la intervención del Estado, buscando consolidar a la Unidad de Inteligencia Financiera como único sistema que almacene la información y donde la implementación de la Base Centralizada de Documentos del Colegio de Notarios de Lima quede sin efectos.
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