La no consideración del nepotismo en la Ley Orgánica de los gobiernos regionales y su contradicción con la Ley Nº 26771

Descripción del Articulo

La Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 regula en su artículo 30 las cinco causales de vacancia del Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y Consejeros Regionales, en esa línea consideramos urgente la necesidad de considerar al nepotismo como sexta causal de vacancia constituyend...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Gonzales Carnero, Milagros Candelaria, Patiño Salgado, Rosa María
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/82906
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/82906
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Neopositivismo
Leyes - Perú
Derecho municipal - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 regula en su artículo 30 las cinco causales de vacancia del Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y Consejeros Regionales, en esa línea consideramos urgente la necesidad de considerar al nepotismo como sexta causal de vacancia constituyendo este el objetivo de la presente investigación, asimismo es menester señalar que la causal de vacancia por nepotismo si se encuentra amparada en el artículo 22, numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, lo cual nos conlleva a preguntarnos por qué se puede vacar por nepotismo al Alcalde y/o Regidor y no al Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y Consejeros Regionales, si todos se encuentran bajo los alcances de la gestión pública. Es así que el nepotismo cometido dentro de los Gobiernos Regionales queda impune, y ello lo refleja la casuística al respecto. La presente investigación será básica porque se va proponer la inclusión de vacancia por nepotismo aplicado al gobernador, vicegobernador y consejeros regionales, diseño no experimental, transversal-correlacional, para el resultado utilizaremos dos instrumentos: guía de entrevista aplicado a 10 funcionarios públicos y 10 abogados especializados en gestión pública, así como la guía de encuesta aplicado a 30 ciudadanos de Arequipa.
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