Estado jurídico de inocencia en el ámbito jurisdiccional

Descripción del Articulo

Desde fines del siglo XVIII, las diversas formas de gobierno han encerrado a sus ciudadanos como respuesta de sus conductas desviadas conforme al orden jurídico. Muchos juristas rechazaron la retribución, la figura prisión- castigo; sin embargo aún ahora en los albores del siglo XXI con las corrient...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Castilla Guzmán, Hipólito, Vildoso Holguín, Héctor Rubén
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/7446
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/7446
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Estado de inocencia
Derechos humanos
Estado jurídico
Ámbito jurisdiccional
Proceso penal
Prisión preventiva
Elementos probatorios
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:Desde fines del siglo XVIII, las diversas formas de gobierno han encerrado a sus ciudadanos como respuesta de sus conductas desviadas conforme al orden jurídico. Muchos juristas rechazaron la retribución, la figura prisión- castigo; sin embargo aún ahora en los albores del siglo XXI con las corrientes reformistas y abolicionistas la prisión sigue siendo la figura central del derecho penal liberal. Es alarmante que en Latinoamérica, y especialmente en nuestro país en la mayoría de casos de corrupción acontecidos la década pasada durante tengamos aún personas recluidas en un centro penitenciario no sentenciadas. A largo de la historia de la humanidad el hombre ha luchado para obtener el pleno reconocimiento y respeto mínimo de sus derechos y garantías fundamentales inherentes per se al ser humano tal como la libertad, la vida, la integridad y la dignidad; sin embargo estos no son absolutos, por tanto es permitido de acuerdo al Pacto social que se hace al Estado, el restringir nuestra esfera de libertad cuando el ciudadano comete un hecho reprochable jurídicamente. La nueva visión de nuestros jueces y aplicadores del derecho tiene que ser progresista pro homine, no convirtamos al Palacio de Justicia en la sede de la fatalidad, que tiene potestad para encarcelar en jaulas a las personas antes que se dicte sentencia firme que rompa la situación jurídica de inocente (estado de inocencia) que protege a todo ciudadano; siendo una verdadera pena anticipada que vulnera además el Principio de Culpabilidad.
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