La tenencia compartida como alternativa funcional para la conservación de la relación paterno filial y su aplicación en la praxis judicial en la ciudad de Piura
Descripción del Articulo
Cuando nos planteamos el tema, lo hicimos partiendo del influjo que habría traído la modificación del artículo 81 del Código de los Niños y Adolescentes, por el cual se estableció: "Cuando los padres estén separados de hecho la tenencia de los niños, niñas y adolescentes se determina de común a...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2011 |
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
| Repositorio: | UCV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/139604 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/139604 |
| Nivel de acceso: | acceso embargado |
| Materia: | Tenencia Código de los Niños y Adolescentes Derecho de familia https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | Cuando nos planteamos el tema, lo hicimos partiendo del influjo que habría traído la modificación del artículo 81 del Código de los Niños y Adolescentes, por el cual se estableció: "Cuando los padres estén separados de hecho la tenencia de los niños, niñas y adolescentes se determina de común acuerdo entre ellos y tomando en cuenta el parecer del niño, niña o adolescente. De no existir acuerdo o si este resulta perjudicial para los hijos, la tenencia la resolverá el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento, podiendo disponer la tenencia compartida, salvaguardando en todo momento el interés superior del niño, niña o adolescente". La tenencia compartida, figura que antes sólo había estado tratada en la doctrina, con la referida modificatoria se había implementado en nuestra legislación. Era entonces importante destacar las cualidades de ésta y su rol protagónico en la conservación de la relación paterno-filial. Es que la tenencia tal cual estaba regulada anteriormente siempre priorizaba a uno de los padres en su ejercicio, y a lo sumo el otro era consolado con un régimen de visitas. Pero aunque en ese trajín se decía que la decisión se adoptaba en función al interés superior del niño, sin embargo en muchos casos eso no era real, pues hay situaciones en que si bien las relaciones entre los padres se encuentran deterioradas, sin embargo, las relaciones entre el hijo y ambos padres es todo lo contarlo. Para tales circunstancias no es aconsejable pues aplicar la tenencia en su forma clásica, sino la tenencia compartida. En el presente trabajo nos proponemos establecer sus virtudes, y en eso radica su importancia, llegando a obtener como resultado, en líneas generales, que la tenencia compartida resulta ser una institución muy funcional en el Derecho de familia de nuestros días, pues en la concepción de las familias modernas está ínsito el tema que los problemas de los padres no deben afectar las relaciones que tienen con sus hijos. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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