Responsabilidad penal del tercero interesado en el delito de Tráfico de Influencias regulado en el artículo 400° del Código Penal
Descripción del Articulo
Esta investigación tuvo por objetivo determinar si se debería sancionar penalmente la conducta del tercero interesado en el delito de Tráfico de Influencias previsto en el artículo 400° del Código Penal. Para realizar este fin se consultó la doctrina especializada así como las opiniones obtenidas de...
Autor: | |
---|---|
Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2020 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/46585 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/46585 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Responsabilidad penal Delitos de los funcionarios - Perú Delitos contra la administración pública - Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02 |
Sumario: | Esta investigación tuvo por objetivo determinar si se debería sancionar penalmente la conducta del tercero interesado en el delito de Tráfico de Influencias previsto en el artículo 400° del Código Penal. Para realizar este fin se consultó la doctrina especializada así como las opiniones obtenidas de la aplicación de una entrevista a siete operadores del Derecho; procediendo a extraer argumentos a favor y en contra de la sanción penal de esta conducta. Después de efectuar el contraste de estos argumentos con las nociones de la teoría de la participación, se verifica que la postura que defiende la punición de esta acción demostró guardar coherencia dogmática con la construcción del delito investigado, por cuanto éste no solo busca castigar al autor, sino también al tercero interesado que dolosamente le da o promete donativo, ventaja o beneficio a cambio de que interceda a su favor ante un funcionario público. Finalmente, se concluye que, como regla general, la conducta del tercero interesado debe sancionarse a título de instigador o de cómplice dado que su participación es imprescindible para consumar el delito de tráfico de influencias, excepto cuando actúe bajo error de tipo o de prohibición. |
---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).