La prueba de oficio frente al sistema acusatorio en el nuevo código procesal Penal
Descripción del Articulo
Desde la implementación del código adjetivo punitivo peruano, se instituyó como figura jurídica, la prueba de oficio como mecanismo de búsqueda de verdad por el juzgador, es por ello, que nuestro propósito fue determinar si dicho mecanismo vulnera el sistema acusatorio, por ende, analizar, identific...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2021 |
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
| Repositorio: | UCV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/66186 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/66186 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Prueba de oficio Sistema acusatorio Principio de imparcialidad https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | Desde la implementación del código adjetivo punitivo peruano, se instituyó como figura jurídica, la prueba de oficio como mecanismo de búsqueda de verdad por el juzgador, es por ello, que nuestro propósito fue determinar si dicho mecanismo vulnera el sistema acusatorio, por ende, analizar, identificar y establecer si ésta vulnera, al juez imparcial, derecho defensa e igualdad de armas. La metodología de la presente investigación, es de carácter cualitativo, tipo básica con la finalidad de poder determinar los problemas que surgen de decretar prueba de oficio por parte del órgano jurisdiccional, con un diseño jurídico propositivo, que busca encontrar las contrariedades, entre el sistema procesal que se encuentra recogido en el nuevo código procesal penal y la norma específica, proponiendo soluciones a las fallas señaladas en la norma. La información se ha recolectado mediante la técnica de la entrevista, análisis documental y el cuestionario, resultando tanto de la prueba de oficio frente al sistema acusatorio, es que dicho mecanismo vulnera este sistema y por ende es rezago del sistema inquisidor, con lo cual se concluye que se debe derogar el inciso 2 del artículo 385°, y por ende el inciso 3 del artículo 155° del NCPP |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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