Análisis de la discrecionalidad judicial en la resolución de beneficios penitenciarios por jueces penales de Lima Centro

Descripción del Articulo

El propósito de la presente investigación fue indagar por qué motivo se otorga un mínimo porcentaje de beneficios penitenciarios extramuros por parte de los jueces de la república, a pesar de la existencia de una gran población penal intramuros, y de la autorización legal para ciertos delitos. Para...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rubiños Torres, Dany Vladimir
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/41693
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/41693
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Discrecionalidad judicial
Beneficios penitenciarios
Derecho penal
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El propósito de la presente investigación fue indagar por qué motivo se otorga un mínimo porcentaje de beneficios penitenciarios extramuros por parte de los jueces de la república, a pesar de la existencia de una gran población penal intramuros, y de la autorización legal para ciertos delitos. Para ello, se propuso analizar la discrecionalidad judicial en torno a dicha problemática, formulando dos objetivos con la finalidad de describir, por un lado, la incidencia y, por otro lado, la determinación de la discrecionalidad judicial en la resolución de beneficios penitenciarios por los jueces penales del Centro de Lima. Es así por lo que recurrimos a diversas fuentes académicas (tesis nacionales e internacionales, artículos científicos y libros, legislación y jurisprudencia) para aproximarnos a entender cómo opera el arbitrio judicial y cómo los jueces se resuelven los beneficios penitenciarios. Todas estas fuentes proporcionaron un panorama global para entender el objeto del estudio. Por otra parte, aplicamos un método científico, utilizando una metodología cualitativa, tipo básica de nivel descriptiva, diseño fenomenológico, y como única técnica de indagación las entrevistas, que se hicieron a ocho magistrados a través del instrumento guía de entrevista estructurada. Los resultados de las entrevistas arrojaron diversas posiciones, que coincidían básicamente en que utilizan para resolver las solicitudes de semilibertad y liberación condicional las normas de ejecución penal, las resoluciones del Tribunal Constitucional, y realizaban una debida motivación. Uno de los hallazgos más importantes ha sido descubrir que no se otorgan beneficios si el solicitante no se encuentra readaptado para regresar al medio libre; es decir, si no ha modificado su personalidad dentro del encierro carcelario, y dicho criterio prevalece por encima de los requisitos formales. Además, la mayoría de jueces expresó que no se debe denegar basado en el riesgo de reincidencia que puede presentar el solicitante.
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